Según Gaceta Oficial
Fijados nuevos tipos de cambio para las operaciones de venta y compra de divisas
La medida persigue afianzar la política de la administración de divisas, con los planes y proyectos de desarrollo que adelanta el Gobierno Bolivariano Los nuevos tipos de cambio para las operaciones de venta y compra de divisas, fueron establecidos y publicados este miércoles mediante Gaceta Oficial número 39.342. |
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La resolución establece que la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), otorgue la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa cambiaria vigente.
Asimismo, fueron publicadas dos listas dentro de las cuales se determinan todos aquellos bienes que no requieren Certificado de Insuficiencia o Certificado de No Producción Nacional (Lista 1), así como también los bienes que requieren de los mismos (Lista 2).
Aquellos bienes que no están incluidos en ninguna de las listas, se regirán por los procedimientos que determinen los organismos correspondientes.
Por otra parte, la Resolución establece que la normativa será aplicable para todos aquellos bienes que sean originarios o procedentes de cualquier país, respondiendo así a la necesidad de articular los esfuerzos y la política de administración de divisas con los planes y proyectos de desarrollo que adelanta el Gobierno Bolivariano.
Nuevos horarios
Según el Decreto N° 7.175, quedó establecida la medida extraordinaria de carácter provisional, por un periodo de 150 días, la restricción en el horario de funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada.
La medida establece, tal y como lo anunciara el comandante-presidente, Hugo Chávez, hace pocos días, un horario comprendido entre las 8:00 a.m y la 1:00 p.m, en forma continua.
Esta disposición excluye la aplicación de la medida a todas aquellas dependencias u oficinas públicas de atención al pueblo, los servicios considerados de carácter esencial y el personal de alto nivel y de confianza.
Asimismo, el Decreto contempla que no se verá afectada la estabilidad laboral, ni demás derechos legales y contractuales de los trabajadores y trabajadoras, en especial los salarios ni beneficios de alimentación.
Bianca Borrero/Prensa MCTI
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